¿Qué pasa con la reválidas?

¿Qué pasa con la reválidas?

Desde Madrid con la Dislexia creemos necesario ir informando con la normativa que se va publicando respecto a las reválidas, ya que dada la situación de incertidumbre política en la que nos encontramos, así como las distintas informaciones publicadas y declaraciones poco aclaratorias del ejecutivo y de los distintos partidos políticos los padres no sabemos en que situación está el alumnado que está cursando 4º de la ESO y 2º de Bachillerato en el 2016/17.

Tras la publicación del Real Decreto Ley 5/2016 de 9 diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 diciembre para la mejora de la calidad educativa. La situación actual es la siguiente : 

  1. Las pruebas de 4º de la ESO y 2º de Bachillerato quedan reguladas en dicho Real Decreto Ley hasta que no haya Pacto de Estado en educación.

El citado Real Decretó Ley se promulga con carácter urgente para regular, cuanto menos y de manera tardía, las evaluaciones externas del presente año y perdurarán hasta que se promulgue una nueva Ley Educativa basada en un Pacto de Estado.

El carácter urgente de este Real Decreto Ley se encuentra en la entrada en vigor del calendario de implantación de la LOMCE. De dicha Ley educativa, tan solo, quedaba la aplicación de las pruebas externas o reválidas de 4º ESO y 2ªBACHILLERATO.

  1. El Real Decreto Ley 5/2016 de 9 diciembre modifica la Disposición Final Quinta de la LOMCE, Disposición referida al calendario de implantación y señala:

a)  Las pruebas establecidas para primaria solo tienen carácter muestral y de diagnóstico. No son necesarias aprobarlas para pasar de curso.

Hasta la entrada en vigor de la normativa que resulte den Pacto de Estado, las evaluaciones de la Educación Primaria será muestral y diagnostica. La selección de centros y de alumnos es suficiente para obtener datos representativos. Las CCAA podrán elevar el número de centros participantes o hacerla censal.

Contempla una derogación referida a la evaluación al final de la Etapa de Primaria. Se derogan las características generales de esta prueba y tan solo será muestral y con finalidad diagnóstica.

b) La prueba de 4º de la ESO es muestral y de diagnóstico. No es necesario aprobar para titular o pasar a Bachillerato o Formación Profesional.

Hasta la entrada en vigor de la nueva norma educativa que resulte de un Pacto de Estado la evaluación de 4º ESO será muestral y diagnóstica. Se evaluará el grado de adquisición de la competencia matemática, de la competencia lingüística y de la competencia social y cívica, teniendo como referencia principal las materias generales el bloque de asignaturas troncales cursadas en 4º ESO. Está evaluación carece de efectos académicos.

c) En todos los cursos de la ESO todo sigue igual, los cambios solo afectan a 4º de la ESO.

Se mantienen, respecto a los restantes cursos de ESO las modificaciones que se han ido implantando en los cursos 2015/2016 para los cursos 1º y 3º ESO y 2016/2017 para los cursos 2º y 4º ESO. Las salvedades se encuentran tan solo en la reválida de 4º ESO.

d) En 2º de Bachillerato no es necesario aprobar la prueba para poder obtener el título de bachiller. Si es necesario aprobar dicha prueba para acceder al universidad.

Hasta la entrada en vigor de un Pacto Educativo, la evaluación final del bachillerato no será necesaria para obtener el título de bachiller. Es necesaria para el acceso a la Universidad. Sea la universidad pública o privada.

La calificación de acceso se calculará ponderando el 40% la calificación de la prueba y el 60% la calificación de la etapa de bachillerato.

Esta prueba versará tan solo de las materias generales cursadas del bloque de asignaturas troncales de segundo curso de bachillerato. Dicha prueba se notará sobre 10.

El alumnado que quiera mejorar la nota deberá de examinarse de, al menos, dos materias de opción del bloque de las asignaturas troncales de segundo curso.

(Nota aclaratoria: Queda vigente que en función de la carrera universitaria él que quiera optar deberá de presentarse a unas u otras asignaturas específicas que computarán unas más que otras para el acceso de ciertas carreras universitarias. Pudiendo computar 0,1 o 0,2 según establezca cada facultad o escuela técnica para el acceso de la carrera correspondiente. Se pueden presentar a dos, tres o cuatro asignaturas. Se les computará las dos mejores notas obtenidas en dichas pruebas. Cada nota computa sobre dos o sobre uno dependiendo del coeficiente. Pudiendo mejorar la nota de la prueba de entre 10 a 14.)

En los anexos se establecen la clasificación de las asignaturas para la ESO y Bachillerato:

ESO
Asignaturas troncales
En el 1 ciclo son:
Biología y geología (1º ESO)
Física y Química ( 2º ESO)
Geografía e Historia
Lengua y Literatura
Matemáticas
Primera Lengua Extranjera

En el 2 ciclo son:
Enseñanzas académicas:
Geografía e Historia
Lengua y Literatura
Matemática orientadas a las enseñanzas académicas
Primera lengua extranjera.

Enseñanzas Aplicadas:
Geografía e Historia
Lengua y Literatura
Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas
Primera lengua extranjera

 

2 º BACHILLERATO

CIENCIAS:
Lengua y Literatura
Matemáticas
Historia de España
Primera lengua extranjera
Troncales específicas:
Biología
Dibujo técnico
Física
Química
Geología

CIENCIAS SOCIALES y HUMANIDADES:
Historia de España
Lengua y Literatura
Primera lengua extranjera
Latín ( humanidades)
Matemáticas de las ciencias sociales
Troncales específicas:
Economía
Geografía
Griego
Historia del Arte
Filosofía

ARTE
Fundamentos del Arte
Historia de España
Lengua y Literatura
Primera lengua extranjera
Troncales específicas:
Artes escénicas
Cultura audiovisual
Diseño

 

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